El Formulario 300 de la DIAN corresponde a la Declaración del Impuesto sobre las Ventas. Este es de carácter obligatorio para algunas personas, y si estás aquí es porque tú probablemente seas una de estas. Lo expide la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales, con base a los Estatutos Tributarios de Colombia.
Hoy te explicaremos cómo puedes obtener el Instructivo necesario para diligenciarlo, qué formato tiene, quién debe tramitarlo, para qué sirve y muchas cosas más. ¡Así que no te vayas! Quédate a conocer todo sobre la Declaración del Impuesto sobre las Ventas (IVA).
Formato del Formulario 300 de la DIAN
Comencemos hablando del Formato del Formulario 300 de la DIAN. Aquí conocerás los datos que incluye este formulario, cómo está presentado y cómo obtenerlo. Estos son aspectos muy importantes, los cuales debes tener en cuenta des un primer instante.
Con respecto a cómo obtener el Formulario 300. Leo primero que tienes que saber es queste documento debe ser diligenciado a través de la página web de la DIAN, ya sea registrándote o utilizando la opción de Usuarios No Registrados. Allí deberás diligenciarlo, imprimirlo, firmarlo y remitirlo.
Además, este se presenta en formato digital. Su modelo está, de hecho, en formato PDF. Consta de una página para llenar, en contraste con las dos (02) del Instructivo, necesarias para explicar lo que hay que indicar en cada espacio.
Por otro lado, los datos que incluye el Formulario 300 se refieren a los vinculados con los ingresos y las compras realizadas (primordialmente). Estos permitirán calcular el monto de IVA y otros valores. Específicamente, encontrarás:
- En primer lugar, encontrarás los Datos de Identificación del Formulario. Estos corresponden al logo de la DIAN, el título oficial del documento, y el número único y formal del formulario.
- A continuación, podrás ver los espacios para los Datos del Declarante. Nos referimos al nombre completo, NIT, razón social dirección seccional.
- Luego hay un apartado para indicar la periodicidad de la declaración y si se busca hacer una corrección con respecto a la anterior.
- Una vez completes el resto, entrarás de lleno al formulario. La primera gran sección corresponde a los Ingresos. Estos ingresos pueden darse por varias actividades o por una sola. Lo importante es que se obtienen los ingresos brutos y los ingresos netos (después de las devoluciones en ventas).
- El siguiente apartado está destinado a las Compras realizadas durante el periodo a declarar. Estas pueden ser compras nacionales o importaciones, aunque siempre de bienes y/o servicios. Algunos están gravados y otros no.
- Casi para terminar, está la sección de Liquidación Privada. Se coloca el impuesto generado por ventas de distintos bienes, tarifas, operaciones y juegos. Adicionalmente, está el impuesto descontable, por distintos bienes, servicios, compras o importaciones. Se obtienen tres totales:
-
- Total impuesto generado por operaciones gravadas.
- Total impuesto pagado o facturado.
- Finalmente, total de impuestos descontables.
- También encontrarás el saldo a pagar y el saldo a favor. Esto corresponde a la verdadera liquidación privada, una vez analizados todos los valores.
- Control de Saldos. De aquí sale el total de saldo a favor a imputar en el siguiente periodo fiscal. Además, se calculan los anticipos del IVA para quienes están en el Régimen Simple.
- Finalmente, encontrarás el Pago Total, el cual se valora en cero. Consecuentemente, hallarás el espacio para la firma e identificación del declarante o representante, así como la del revisor fiscal o contador. No nos olvides del número de identificación de quien firma y el DV (ubicado en el NIT).
También hay un espacio para el sello de la entidad recaudadora, pero esto es algo que no debes tocar. Se trata de un documento muy fácil de llenar si se siguen las instrucciones al pie de la letra.
Ahora que sabes lo que contiene, podemos pasar a indicarte algunas pautas que debes seguir y dónde puedes conseguir el instructivo correspondiente.
Instructivo para Llenar el Formulario 300 de la DIAN
El Instructivo para Llenar el Formulario 300 lo encontrarás disponible en el portal web de la DIAN para cuando lo necesites y actualizado cuando corresponda. Solo debes ingresar a la página, hacer click en la sección de Atención al Ciudadano > Formularios e Instructivos y seleccionar el año vigente.
Allí se desplegará una lista de todos los formularios con sus respectivos instructivos. Selecciona el Formulario 300 o haz click directamente en el enlace que te hemos dejado. Encontrarás un modelo del documento, además de las dos páginas de instrucciones.
Estas últimas están enumeradas, de manera que puedan coincidir con los espacios disponibles en el formulario. Así sabrás como diligenciarlo correctamente.
Debes seguir este instructivo al pie de la letra, tomando en cuenta una serie de pautas a la hora de llenarlo:
Pautas para diligenciar el Formulario 300
- Alguna de la información que contendrá el documento se encuentra establecida en el RUT. Como resultado, este registro debe estar actualizado.
- Los valores se aproximan al múltiplo de 1000 más cercano. Si no corresponde ningún valor, coloca 0. Si el número es menor que cero, igual se coloca 0 (cuando así lo indique el instructivo).
- Puedes encontrar el formulario directamente en el portal web de la DIAN o utilizando el enlace que te hemos dejado. Este debes diligenciarlo, firmarlo y presentarlo.
- Los espacios para valores o pueden tener paréntesis, caracteres o negativos. Solo se aceptan X, cuando así lo indique el instructivo.
- Lee el instructivo las veces que sean necesarias. No puedes equivocarte en cuanto a valores e información del documento. Si lo haces, deberás realizar el trámite nuevamente con la corrección.
Igualmente, esto lo encontrarás en el mismo documento. Recuerda que no podrás utilizar el documento sin diligenciar ni se aceptan copias de este.
¿Para Qué Sirve el Formulario 300 de la DIAN?
El Formulario 300 de la DIAN sirve para hacer la Declaración del Impuesto sobre las Ventas. Más conocido como Impuesto al Valor Agregado (IVA), se trata de tributo indirecto que grava el consumo de los residentes de un país.
¿Indirecto por qué? Porque no afecta de manera directa los ingresos de las personas. Casi todos los bienes y servicios tienen aplicados este impuesto en su precio final, siendo probablemente el más conocido por todos.
Las empresas y entidades con fines de lucro, es decir, que gocen de remuneraciones, deben incluirlo en el precio de los bienes y/o servicios que comercializan. Por eso mismo, cada cierto tiempo deben declarar el IVA. Esto le permite a la DIAN administrar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y mejorar la eficiencia del sistema de recaudación.
Algunas veces no es necesario hacer la declaración. Hablaremos de esto en el siguiente apartado, para que no te falte nada. Por lo pronto, lo que debes saber es que el Formulario 300 de la DIAN sirve para cumplir una obligación fiscal, que es la de declarar el IVA.
¿Quién debe Tramitarlo?
La Declaración del Impuesto sobre las Ventas la deben hacer todas las personas que comercializan productos gravados con el IVA o que presten servicios gravados también con este impuesto. Esto en el caso de personas naturales o jurídicas.
Estas personas antes pertenecían al Régimen Común y ahora son responsables del IVA. En consecuencia, si antes estabas en este régimen, debes hacer la declaración.
También sale reflejado en el Rol Único Tributario (RUT). Si este tiene la responsabilidad número 48, significa que es necesario hacer la Declaración del IVA en la periodicidad que te corresponda. Los que figuran en el Régimen Simple, por ejemplo, deben hacer la declaración con una periodicidad anual.
Por otro lado, si no se llevaron a cabo ventas, compras o devoluciones que contuvieran el IVA, en el periodo gravable, entonces no hay que declararlo.
Tampoco tienen que declararlo personas jurídicas o naturales que lleven a cabo servicios de:
- Arrendamiento de viviendas.
- Entrega de sellos de correo y efectos timbrados.
- Entrega de terrenos no edificables o rústicos.
- Formación y enseñanza.
- Hospitalización o asistencia sanitaria. Puede que por hospitales y clínicas o por profesionales.
- Notaría.
- Prestados por artistas, fotógrafos o escritores con derechos de autor.
- Seguro, reaseguro y recapitalización.
Sin embargo, bajo lo establecido en los Estatutos de Tributación, los cuales contemplar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
¿Quién lo Emite?
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) se encarga precisamente de administrar todo lo relativo al cumplimiento de las obligaciones que los ciudadanos tienen con el Estado. Estas obligaciones son de carácter tributario, de aduanas y obligaciones cambiarias.
Facilita las transacciones de comercio internacional y, como has visto hasta ahora, administra lo relativo al Impuesto sobre la Renta y Complementario. También administra otros impuestos nacionales como es el impuesto de timbre nacional. Asimismo, tiene que ver con la recaudación de todos los cobros de derechos de aduana y otros impuestos y sanciones.
Esta entidad gubernamental fue fundada en 1993 y tiene su sede en Bogotá. Depende del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Tiene una personalidad jurídica y autonomía a nivel de presupuesto y administración.
La DIAN tiene su propio portal web para que todos los interesados puedan conocer todo acerca de esta entidad. Encontrarás espacios para hacer trámites en línea y espacios informativos. Esta es la entidad que emite el Formulario 300.
Para ponerte en contacto con la DIAN, puedes acceder a varias vías: acercándote a las sedes o llamando. Puedes ver los Puntos de Contacto ingresando al enlace correspondiente. Allí verás el horario de atención, números telefónicos, sede y, por supuesto, el lugar donde están.
Igualmente puedes utilizar el Chat de la DIAN y plantear tus dudas. Trata de ser lo más preciso posible para así poder obtener una respuesta útil. Utiliza palabras claves acerca de lo que buscas.
¿Qué es el Formulario 300 de la DIAN?
El Formulario 300 corresponde a la Declaración del Impuesto sobre las Ventas, también llamado Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta deben hacerla todas las personas naturales o jurídicas que comercialicen bienes y/o servicios gravados con este impuesto, de manera que la entidad correspondiente pueda hacer su trabajado de moderar las obligaciones tributarias.
Esta entidad es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), cuya sede se encuentra en Bogotá. Esta es la misma que se encarga de emitir este documento y de ofrecer la plataforma para su diligenciamiento.
El Formulario 300 se encuentra en formato digital y su Instructivo es lo más importante que debes tener en cuenta al momento de diligenciarlo. Este también lo expide la DIAN, de forma que todos los interesados puedan guiarse, y con base a los Estatutos Tributarios del país.
Esperamos haberte ayudado con lo que buscabas.
¡Hasta la próxima!
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